¿Cómo calcular el finiquito con pagas prorrateadas? 

El trabajador tiene derecho a percibir un finiquito cuando finaliza la relación laboral con una empresa, ya se trate de un despido, una extinción del periodo de contrato o una marcha de la empresa. 

Además, para los trabajadores despedidos habría que sumar una indemnización, cuya cuantía variará según el tipo de despido que se trate y la antigüedad que acumulen. Si bien, no se tiene que incluir en el finiquito forzosamente, al poder establecerse en un documento aparte. 

El finiquito es la suma de varios conceptos como el salario pendiente de percibir desde la última nómina, la compensación por los días de vacaciones acumulados y no disfrutados, y la parte proporcional de las pagas extraordinarias que corresponderían a los días trabajados. 

También, dependiendo del caso, habría que añadir además otros pagos pendientes como los de horas extras y comisiones acordadas. 

En este post vamos a resolver una duda muy habitual: cómo calcular el finiquito con pagas prorrateadas, es decir en aquellos casos en los que ya se incluye en la nómina mensual la parte proporcional a la paga de verano, navidad u otras que puedan figurar por convenio. 

Pero no nos vamos a quedar tan solo en aclarar esta cuestión. Queremos responder a todas las preguntas que giran en torno al cálculo del finiquito: salario que se toma de referencia, lo que se tiene que consultar para realizar los cálculos, las fórmulas a aplicar… 

Toda esta información es muy valiosa, dada la importancia de conocer nuestros derechos a la perfección si se presenta una situación de cobro de finiquito, para evitar errores que nos puedan perjudicar, ya sean los mismo involuntarios o intencionales, en medio de unas circunstancias que siempre son difíciles para el trabajador cuando hablamos de una marcha involuntaria de la empresa. 

¿Cómo es el cálculo del finiquito con las pagas prorrateadas? 

Empezamos despejando la primera incógnita planteada, para aclarar que si las pagas extras están prorrateadas se incluyen en el salario mensual, y por tanto no generan compensación adicional, por lo que el finiquito se calcularía exclusivamente en función del resto de conceptos:  

  • Días no cobrados desde la última nómina+ días generados de vacaciones no disfrutados + posibles horas extras y comisiones pendientes. 

¿Cómo calcular en un finiquito la parte proporcional de las pagas extras no prorrateadas? 

En caso de que las pagas extras no estén prorrateadas, se tiene que calcular la parte proporcional acumulada hasta la fecha de salida, con la siguiente fórmula

  • (Salario base × Días trabajados ÷ 360) × Número de pagas extraordinarias 

Por ejemplo, para un salario base con el mínimo de 1.184 euros mensuales, con 150 días trabajados desde enero a mayo que dan derecho a percibir la parte proporcional correspondiente tanto a la extra de verano como la paga extra de Navidad, si aplicamos la fórmula sería: 

  • (1.184 de salario base × 150 días trabajados ÷ 360 días totales) × 2 pagas extras= 986,67 €. 

¿Cómo saber lo que te correspondería de finiquito? 

Para averiguar cuánto te correspondería de finiquito completo, deben incluirse todos los conceptos adeudados

  • Salario diario de todos los días trabajados en el mes en el que se produce la baja. 
  • Pagas extraordinarias pendientes si no están prorrateadas (para saber cómo se calculan ver apartado anterior). 
  • Vacaciones no disfrutadas: se han de compensar económicamente según los días generados en el año en curso. Se calculan desde el 1 de enero hasta el día del despido, correspondiendo 2,5 días por mes, y descontándose los hipotéticos periodos que puedan haberse tomado. 
  • Cualquier retribución pendiente de pago: desde nóminas atrasadas hasta pluses acordados, comisiones, horas extras, etc. 

Aunque no tiene que incluirse forzosamente en el finiquito, los trabajadores despedidos con derecho a indemnización sumarían a la liquidación las cantidades que le correspondan por esta, en función de si se trata de: 

  • Despido objetivo: el que no obedece a la voluntad ni actos del trabajador, sino a circunstancias que afectan a la empresa o el puesto de trabajo. Aquí, la indemnización sería de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades de salario bruto. 
  • Despido improcedente: no confundir con nulo, ya que la ausencia de causa justificada solo se traduce en un incremento de la indemnización a 33 días por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades. 

Estas indemnizaciones pueden ser superiores en empresas cuyo convenio así lo estipula, o bien cuando se negocian expedientes de regulación de empleo con representantes de los trabajadores para reducciones drásticas de plantillas, con el objetivo de pactar unas mejores condiciones para los despedidos. Si bien, esto sería más propio de grandes compañías

¿Qué salario se tiene en cuenta para el finiquito? 

Para calcular el finiquito cuenta el salario base, que figura en el contrato o convenio colectivo.  

Dado que todos los cálculos se realizan con el salario diario (vacaciones no disfrutadas, extras no prorrateadas, etc.), habría que dividir el salario base mensual/30 para hacer las cuentas de lo que correspondería por cada concepto. 

Para la indemnización por despido, en cambio, lo que se utiliza como base es el salario bruto anual que percibe el trabajador en ese momento, incluyendo las pagas extras. 

¿Cómo puedo calcular cuánto me corresponde de finiquito? 

Una vez que sabemos los conceptos que tienen que figurar en el finiquito y el salario que se toma como referencia, para calcular el finiquito habría que: 

  • Calcular el salario pendiente: (salario base diario) × (días trabajados). 
  • Calcular la compensación por vacaciones no disfrutadas: (días de vacaciones generados) × (salario base diario). Aquí se tiene en cuenta que se generan 2,5 días por mes trabajado. 
  • Calcular pagas extras si no están prorrateadas: (salario base diario × días trabajados) × número de pagas extraordinarias que no se hayan percibido todavía. 

Recordemos que si las pagas extras están prorrateadas solo se sumarían para el finiquito el salario pendiente, las vacaciones no disfrutadas y los posibles pagos pendientes. 

En los supuestos que corresponda un derecho a indemnización por despido, su cuantía se sumaría a las anteriores cantidades, por más que se pueda recoger en un documento al margen del finiquito. 

Como hemos visto, dependiendo del tipo de despido la indemnización puede ser de 33 días de salario bruto por año trabajado (con un límite de 24 mensualidades) en los despidos improcedentes o de 20 días de salario bruto (con un límite de 12 mensualidades) en el despido objetivo

¿Cómo puedo calcular mi cifra exacta de liquidación? 

La liquidación abarca todas las cantidades que el trabajador tiene derecho a percibir por la extinción de la relación laboral, por lo que incluiría tanto el finiquito como la indemnización por despido. 

Para calcular la cantidad exacta de tu liquidación debes sumar las cantidades correspondientes al finiquito que acabamos de ver en el apartado anterior:  

  • Salario pendiente + otros pagos adeudados si los hubiera + compensación de vacaciones no disfrutadas + más parte proporcional a pagas extras pendientes si no están prorrateadas. 

Para obtener la indemnización por despido

  • Despido objetivo: 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades. 
  • Despido improcedente: 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades. 
  • Otros: en caso de que el contrato, el convenio o el acuerdo de ERE contemple otra indemnización superior. 

Al finiquito habría que restarle las retenciones y deducciones: Seguridad Social e IRPF, al igual que ocurre con una nómina.  

La Seguridad Social se aplica únicamente sobre las percepciones salariales (salario base, pagas extras, vacaciones no disfrutadas, complementos salariales, etc.), pero no sobre las indemnizaciones por despido si están exentas. 

El IRPF repercute sobre el total de percepciones salariales, y puede incluir la indemnización si supera los límites establecidos, que actualmente están en 180.000 euros. El porcentaje a aplicar depende de los baremos salariales y las deducciones de las que pueda beneficiarse el trabajador.  

Para efectuar el cálculo exacto de la liquidación fíjate en las cotizaciones a la Seguridad Social y el IRPF que aparecen en tus nóminas

Puedes calcular tu finiquito con herramientas disponibles online de sitios confiables (tanto por autoridad como por ciberseguridad), por ejemplo, los recursos que ofrecen algunas instituciones educativas o el Consejo General del Poder Judicial

Un aspecto importante si te presentan un finiquito con el que no estás de acuerdo, es que lo firmes como’ no conforme ‘en vez de dejarlo sin firmar, para evitar que el cobro quede bloqueado hasta que se resuelva la reclamación. 

Incluso aunque se firme con normalidad, se podrían realizar posteriores reclamaciones por la cantidad considerada como correcta al Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC), que establecerá un acto de conciliación, donde si se llega a un acuerdo entre las partes no será necesario llegar a juicio. 

Esperamos que te haya sido útil este contenido sobre todo lo relacionado con el cálculo del finiquito, incluyendo los casos con condicionantes especiales como que las pagas extras se encuentren prorrateadas

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Preguntas Frecuentes 

¿Qué debo hacer para saber cuánto finiquito me corresponde? 

·Se debe revisar el contrato y el convenio colectivo aplicable para averiguar el sueldo base.
·Comprobar si hay vacaciones pendientes, calculando que corresponden 30 días de vacaciones por año trabajado, y se computan 2,5 días por mes. Para compensarlas económicamente se toma como referencia el salario base diario. 
·Confirmar si las pagas extraordinarias están prorrateadas o deben incluirse en el cálculo. 
·Verificar si hay conceptos pendientes de pago como horas extra o comisiones. 

¿Cómo sé si mi empresa ha calculado bien mi finiquito? 

Puedes consultar con un asesor laboral, con los representantes de los trabajadores de tu empresa o utilizar herramientas online, siempre que sean de sitios confiables. 

¿Se pueden compensar económicamente las vacaciones si me despiden? 

No solo se pueden, sino que se deben compensar. Teniendo en cuenta que corresponden 30 días de vacaciones al año y que cada mes trabajado genera 2,5 días de vacaciones, el cálculo se haría: días de vacaciones generados × salario base diario. 

¿El finiquito incluye la indemnización por despido? 

No necesariamente, ya que pueden presentarse en documentos aparte para los trabajadores que tienen derecho a indemnizaciones. En cualquier caso, tanto finiquito como indemnización han de liquidarse por la empresa para poder extinguir la relación laboral. 

¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagar el finiquito? 

La firma del documento del finiquito ya indica que el trabajador ha percibido esas cantidades, por lo que el pago debe hacerse como mínimo en ese mismo momento. En caso de transferencias cabría exigir comprobantes de que efectivamente se ha efectuado el ingreso. 

¿Qué pasa si mi empresa no me paga el finiquito?

Cualquier empresa está obligada a pagar un finiquito, aunque se trate de la extinción de un contrato sin despido. En situaciones como estas, cabe presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu comunidad autónoma. 

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